Se levantó el cepo cambiario y, con él, se esfumaron gran parte de las restricciones que había para las operaciones de compra-venta de dólares, los consumos con tarjeta de crédito y la extracción de efectivo. Aquí las preguntas y respuestas que todo consumidor quiere saber:
-¿Cualquiera puede comprar dólares?
-Sí, hasta un límite de US$ 2 millones por mes, siempre y cuando certifique el origen de los fondos.
Segundo día del levantamiento
Segundo día del levantamiento.Foto:Archivo
-¿Hace falta una autorización de la AFIP para poder acceder al mercado cambiario?
-No. Ya no hay controles previos, sino que luego la AFIP va a monitorear que quienes compraron dólares tengan ingresos en blanco acordes con ese movimiento de divisas.
-¿Pueden comprar dólares quienes no tengan una cuenta bancaria?
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-Sí. Se puede comprar dólares con efectivo en cualquier banco o casa de cambio pero hasta un límite de US$ 500 mensuales. Para cualquier operación mayor hace falta estar bancarizado y pagar los billetes ya sea vía cheque de cuenta propia, tarjeta de débito o transferencia desde una cuenta bancaria. Muchas casas de cambio también tienen instalados posnet para tomar tarjetas de débito por operaciones de montos chicos.
-¿Devolverán los fondos a todos aquellos a los que se les vino reteniendo el 20% o 35% por sus consumos en moneda extranjera?
-Sí, las devoluciones se harán tal cual estaba previsto desde un comienzo, una vez que se conozca las declaraciones del Impuesto a las Ganancias. Por lo general, las devoluciones se realizan entre febrero y marzo.
-¿Se puede comprar dólares en bancos o casas de cambio de las que no se es cliente?
-Sí. Se eliminó la restricción de operar únicamente con los bancos en los que uno es cliente. Eso sí, desde el Banco Central aclararon que, por las normas en materia de lavado de dinero, es probable que, en transacciones de montos grandes, los bancos o las casas de cambio le soliciten al comprador información que demuestre que sus ingresos son genuinos. Por lo general, el banco del que uno es cliente ya cuenta con esa información.
-¿Se debe pagar el 20% de anticipo de Ganancias por las compras de dólares?
-No. No hay más retenciones de la AFIP en las compras de dólares, ya sea que el cliente opte por llevarse los billetes a su casa o dejarlos depositados en el banco.
-¿Qué pasa con los que compraron dólares con la opción de atesoramiento y deben esperar un año para retirar su depósito del banco? ¿Se les cobra el 20% si lo sacan antes de cumplido el año?
-Sí. Todas las operaciones que se hicieron bajo la regulación anterior, están sujetas a las normas del momento en que se efectuaron. Así, quienes habían optado por la opción de atesoramiento y hoy quieren retirar sus dólares antes de cumplido el año deberán pagar el 20% correspondiente en concepto de anticipo de Ganancias. Ese 20% se calculará además en función del tipo de cambio libre del día en que se haga el retiro de fondos.
-Los que cobraban jubilaciones del exterior (por ejemplo, los tialianos), ¿Deberán liquidar sus dólares o euros en el mercado de cambios al tipo de cambio oficial, como hasta ahora?
-No. Deberán abrir una cuenta en moneda extranjera en su banco local y podrán cobrar los dólares directamente allí, y así extraer dólares o pesos, según lo deseen.
-¿Se puede sacar dólares de cajeros en el exterior con tarjeta de débito?
-Antes sólo se podía sacar dólares con tarjeta de débito contra una cuenta en moneda extranjera. Ahora también se podrá usar la tarjeta de débito para extraer dólares por cajeros en el extranjero debitando esos fondos de una cuenta de ahorro en pesos, generando una operación cambiaría en el acto. Los límites de extracción estarán dados por cada banco.
-¿Se mantienen los límites para adelanto de dólares en el exterior con tarjeta de crédito?
-Por ahora, las compañías emisoras de tarjetas de crédito no han hecho modificaciones. Se puede usar la tarjeta de crédito hasta US$ 800 por mes en países no limítrofes y hasta US$ 50 en los limítrofes. Se presume que este límite podría modificarse según la línea de crédito que cada banco ofrezca a sus clientes.
-Los que consumieron en dólares con tarjeta de crédito y recibieron sus resúmenes antes de que se levantara el cepo con el recargo del 35%, ¿deberán pagarlo?
-Sí, estos casos tal vez son los más perjudicados. Deberán pagar sus consumos en dólares al tipo de cambio libre del día que realicen el pago (hoy $ 13,90, por ejemplo), y además deberán pagar el 35% de la AFIP. El organismo recaudador aclaró que sólo los resúmenes que tengan como fecha de cierre el 17/12 (ayer) en adelante quedarán eximidos de pagar el impuesto. Con lo cual, si alguien consumió en dólares, pero la tarjeta le cerró el 16/12, sí quedará alcanzado por el 35%, por más que el resumen le llegue en los próximos días.
-¿Qué va a pasar con los monotributistas o los que no pagan Ganancias y se les fue reteniendo el 20% o 35%?
-El titular de la AFIP, Alberto Abad, dijo que intentarán acelerar las devoluciones en esos casos. Las personas que no paguen Ganancias deben seguir un procedimiento para poder percibir los fondos.
-¿Quienes estén pagando algún paquete turístico en cuotas, sufrirán algún cambio?
-No. Las cuotas son en pesos y el 35% de la AFIP se les cobró como parte de la primera cuota, con lo cual no van a registrar cambio alguno. Deberán luego seguir el procedimiento para exigir la devolución del 35%, según corresponda.
-¿Los paquetes turísticos quedan hoy libres del recargo de la AFIP?
-Ya no se cobrará el 35% en concepto de anticipo de Ganancias por la compra de pasajes o paquetes turísticos en el exterior. La excepción: a quienes paguen en agencias de viaje en efectivo se les retendrá el 5% en concepto de anticipo de Ganancias.
-Si uno está por viajar, ¿conviene usar tarjeta crédito, débito o llevar dólares?
-Hoy no hay diferencia, ya que no existe una diferenciación entre el tipo de cambio "tarjeta" o el valor del dólar que se paga por ventanilla en un banco.
-¿Se puede girar libremente dólares al exterior?
-Sí, las transferencias al exterior de divisas están liberadas, siempre con un límite mensual máximo de US$ 2 millones.
-Si estoy por cerrar una operación hipotecaria, ¿se puede vender en pesos y luego comprar los dólares por la misma ventanilla del banco?
-Sí. Hasta US$ 2 millones por mes es el límite por cada individuo. Probablemente, la entidad financiera le solicitará la constancia del origen de los fondos.